Sentencia N° 1485 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1485, Exp. 11-0324, 14/11/2012
Expediente11-0324
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-11-14
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la intervención de la Federación Motociclista Venezolana como tercero en el proceso, pero declaró improcedente su solicitud de aclaratoria respecto a la sentencia dictada el 4 de marzo de 2011. La Sala reafirmó que la prohibición de actividades de 'rustiqueo' y competencias con vehículos rústicos en espacios naturales se aplica a todas las asociaciones, incluyendo a la Federación. La decisión se fundamenta en la protección del medio ambiente y la prohibición de actividades que puedan causar daño a los ecosistemas.

Extracto de la motiva

La intervención antes mencionada se produjo incluso antes que se librara el cartel de emplazamiento de los interesados, por lo que la intervención como tercero es admisible, aunado a que al constituirse como una asociación civil cuyo objeto conforme a sus estatutos, es “fomentar el deporte a motor, en especial el de motocicletas en sus distintas modalidades (…) tanto en el territorio de la República como en el exterior (…). Fomentar cualquier tipo de entretenimiento, incluyendo los espectáculos necesarios para el desarrollo de esta actividad deportiva (…)” -Cfr. Folios 98 y 99-, que afirman patrocinar eventos deportivos “motociclismo en el país (carreras nacionales y estadales)”, evidencia su simple interés en las resultas del presente procedimiento, en la medida que la mencionada actividad deportiva es posible desarrollarla en espacios tutelados por la medida cautelar acordada por esta Sala en el presente expediente. En consecuencia, se admite su intervención como tercero adhesivo, y así se decide.

Dispositiva

1.- ADMITE la intervención como tercero de la Federación Motociclista Venezolana, ya identificada. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada por la Federación Motociclista Venezolana. Publíquese, regístrese y notifíquese a Federación Motociclista Venezolana.

Palabras clave

derechos humanosmedio ambientecompetenciasrustiqueoprohibición

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