Sentencia N° 1483 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1483, Exp. 14-0985, 11/11/2014
Expediente14-0985
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-11-11
DecisiónNO CONFORME A DERECHO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio que desaplicó parcialmente el artículo 23.1 de la Ley sobre el Delito de Contrabando, argumentando que la imposición de una multa a un adolescente contraviene el enfoque educativo del sistema de justicia juvenil. La Sala declaró que la desaplicación no estaba debidamente motivada, lo que vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva y el debido proceso. En consecuencia, se anuló parcialmente la sentencia y se ordenó al juzgado pronunciarse nuevamente sobre la pena aplicable al adolescente.
Extracto de la motiva
La desaplicación efectuada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio (Sección Adolescentes) del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, carece de la motivación necesaria para comprenderla, garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de los justiciables y, en fin, para revestirla de legitimidad, pues, como se puede observar, la misma se limitó a indicar genéricamente que la pena de multa no podía ser aplicada en el caso de autos, por ser contraria a los derechos y garantías del adolescente en conflicto con la ley penal, y en general, al sistema de responsabilidad penal del adolescente previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, razón por la cual tal desaplicación resulta no conforme a derecho.
Dispositiva
1.- NO CONFORME A DERECHO la desaplicación parcial del artículo 23.1 de la Ley sobre el Delito de Contrabando, efectuada en la sentencia dictada, el 31 de julio de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio (Sección Adolescentes) del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito. 2.- Se ANULA parcialmente la sentencia dictada, el 31 de julio de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio (Sección Adolescentes) del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, únicamente en lo que se refiere a la desaplicación parcial del contenido del artículo 23.1 de la Ley sobre el Delito de Contrabando y a la adopción de la medida de imposición de reglas de conducta al adolescente (cuya identidad se omite conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), ya que este último pronunciamiento fue consecuencia de la referida desaplicación. 3.- Se REPONE la causa al estado de que el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio (Sección Adolescentes) del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, se pronuncie nuevamente sobre la pena aplicable al mencionado adolescente, con estricta sujeción a lo establecido en el presente fallo.
Palabras clave
control difusoconstitucionalidadtutela judicialcontrabandojusticia juvenilderechos humanos