Sentencia N° 1471 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1471, Exp. 08-0770, 15/10/2008
Expediente08-0770
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-10-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por los abogados Gustavo Urdaneta Troconis y Jaime Torres Fernández en representación de Seguros Altamira, C.A. La solicitud se fundamentó en el desconocimiento de la doctrina establecida por la Sala en relación con el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva. Sin embargo, se determinó que los solicitantes no demostraron la representación judicial suficiente para interponer la revisión, lo que llevó a la inadmisibilidad de la solicitud.

Extracto de la motiva

La omisión de acompañar conjuntamente con la presente solicitud, el documento que demostrase la representación judicial suficiente para solicitar la revisión pretendida, por parte de los abogados solicitantes Gustavo Urdaneta Troconis y Jaime Torres Fernández trae como consecuencia la inadmisión de dicha solicitud de revisión. Así se decide. En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Gustavo Urdaneta Troconis y Jaime Torres Fernández, actuando en representación de la sociedad mercantil Seguros Altamira C.A. contra la sentencia dictada el 31 de octubre de 2005, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito del Primer Circuito de la misma Circunscripción Judicial. Así se decide.

Dispositiva

En los términos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Gustavo Urdaneta Troconis y Jaime Torres Fernández actuando en la supuesta representación de la sociedad mercantil Seguros Altamira C.A. contra la sentencia dictada, 31 de octubre de 2005, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

Palabras clave

revisión constitucionalderecho a la defensatutela judicial efectivasentencia inadmisiblerepresentación judicialjurisdicciónEstado Portuguesa

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