Sentencia N° 147 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de febrero de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0147, Exp. 16-0817, 09/02/2018
Expediente16-0817
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-02-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de nulidad interpuesto por varias sociedades mercantiles contra diversas ordenanzas municipales relacionadas con impuestos sobre actividades económicas. Se destaca la importancia de la representación legal adecuada y la necesidad de corregir el libelo de demanda para evitar la inadmisibilidad del recurso. La Sala Constitucional ordena notificar a los apoderados de las sociedades para que aclaren quién ejerce la representación y contra cuáles ordenanzas se ejerce la demanda.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que se han presentado dos abogados aduciendo la representación de las mismas empresas y que han demandado la nulidad de varias ordenanzas dictadas en diferentes ámbitos territoriales, que regulan el mismo supuesto, se ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que notifique a los apoderados o representantes judiciales de las sociedades mercantiles actoras, para que conformidad con el artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, corrijan el libelo de demanda y aclaren a esta Sala: i) quién ejerce la representación de las sociedades mercantiles que se presentan como recurrentes y ii) contra cuáles ordenanzas se ejerce la presente demanda de nulidad. Se le advierte a la parte recurrente que de no corregir el libelo dentro del lapso establecido en el aludido artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se declarará inadmisible la demanda de nulidad, de conformidad con el mismo. Para el cumplimiento más expedito de lo dispuesto anteriormente, se ordena igualmente a la Secretaría de la Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, practique en forma telefónica la notificación de los referidos apoderados o representantes judiciales.
Dispositiva
Se ordena a la Secretaría de esta Sala Constitucional que notifique a los apoderados o representantes judiciales de las sociedades mercantiles actoras, para que corrijan el libelo de demanda y aclaren a esta Sala: i) quién ejerce la representación de las sociedades mercantiles que se presentan como recurrentes y ii) contra cuáles ordenanzas se ejerce la presente demanda de nulidad.