Sentencia N° 147 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 147, Exp. 08-1319, 20/02/2009
Expediente08-1319
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-02-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el amparo constitucional interpuesto por José Rafael Martínez Gil contra la decisión de la Sala No. 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de representación legal adecuada del accionante, ya que no se presentó el acta que acreditara el juramento del abogado como defensor privado.
Extracto de la motiva
La Sala observa que no aparece el acta que deje constancia de que el abogado José Joel Gómez haya prestado el juramento de ley como defensor privado del accionante, de conformidad con el artículo 136 del Código Orgánico Procesal Penal. Esta falta de representación adecuada impide el avance del amparo constitucional, ya que la legitimación activa corresponde a quien se afirme agraviado en sus derechos constitucionales. En consecuencia, se declara inadmisible el amparo interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano JOSÉ RAFAEL MARTÍNEZ GIL contra la decisión dictada el 5 de agosto de 2008 por la Sala No. 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidaddefensa técnicajuramento de abogadoderechos constitucionalesCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal