Sentencia N° 1469 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1469, Exp. 06-1684, 13/07/2007
Expediente06-1684
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-07-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a una acción de amparo, subsana un error material en una sentencia anterior. Se ordena la notificación a la parte demandada, Aída América García Ramos, para que comparezca a la audiencia pública y exponga lo que estime pertinente sobre la demanda de amparo. La decisión busca garantizar los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.

Extracto de la motiva

Por cuanto en la anterior sentencia del 25 de junio de 2007, se incurrió en un error material omitiéndose la notificación del tercero interesado, mediante el presente auto esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, actuando de conformidad con las potestades que al efecto le confiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al procedimiento de amparo supletoriamente por disposición del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por ser sus Magistrados directores del proceso hasta a su conclusión (Vid. Sentencia No. 455 del 10 de marzo de 2006, expediente No. 05-1818, caso: José Benigno Rojas Lovera); y en atención al artículo 206 eiusdem, SUBSANA el referido error material por ser de naturaleza formal, que de ninguna manera altera el verdadero sentido del auto cuya corrección se realiza.

Dispositiva

ORDENA al Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, notificar a la ciudadana Aída América García Ramos, titular de la cédula de identidad N° 4.071.355, en su condición tercero interesado, la cual deberá acompañarse copia del fallo Nº 1.283 dictado por esta Sala el 25 de junio de 2007, mediante el cual se admitió la presente acción de amparo constitucional y del escrito continente de la demanda de amparo, con la información que podrá hacerse presente en la audiencia pública, cuyo día y hora serán fijados por la Secretaría de la Sala, para que exponga lo que estime pertinente acerca de la demanda de amparo constitucional a que se contraen las presentes actuaciones.

Palabras clave

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