Sentencia N° 1464 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1464, Exp. 13-0747, 19/11/2015
Expediente13-0747
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-11-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar las apelaciones interpuestas por Warner Hamm Abreu en representación de las sociedades mercantiles Inversiones Para El Futuro S.A. y Desarrollos Ganaderos Perijá C.A., contra las decisiones de las Salas Primera y Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que habían declarado inadmisibles las acciones de amparo. La Sala fundamentó su decisión en que los accionantes no agotaron las vías ordinarias de impugnación, específicamente el recurso de apelación, antes de recurrir a la acción de amparo constitucional.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional es un medio extraordinario de control de la Constitución, a través del cual se protegen las garantías y derechos fundamentales. Para su admisibilidad, es necesario que se hayan agotado los recursos ordinarios. En este caso, los accionantes no interpusieron el recurso de apelación contra las decisiones que dictaron medidas preventivas, lo que llevó a la inadmisibilidad de la acción de amparo. La Sala reitera que la acción de amparo no debe ser utilizada como un medio sustitutivo de los recursos procesales ordinarios, sino como un mecanismo destinado exclusivamente a proteger el goce y ejercicio de los derechos constitucionales.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta, el 6 de agosto de 2013, por el abogado Warner Hamm Abreu, en su presunto carácter de Presidente de la sociedad mercantil INVERSIONES PARA EL FUTURO S.A., (INFUSA) y con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas DOROTHY LORAINE PURSELLEY DE URDANETA, VIVIAN URDANETA PURSELLEY y MAVALENNE URDANETA PURSELLEY, contra la decisión dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el 1 de agosto de 2013, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta. 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta, el 2 de agosto del 2013, por el abogado Warner Hamm Abreu, en su presunto carácter de Presidente de la sociedad mercantil DESARROLLOS GANADEROS PERIJÁ C.A., (DEGAPECA) y con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas MAVALENNE URDANETA PURSELLEY y DOROTHY LORAINE PURSELLEY DE URDANETA, contra la decisión dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el 30 de julio de 2013, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta. 3.- CONFIRMA, las mencionadas decisiones.

Palabras clave

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