Sentencia N° 1464 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1464, Exp. 14-0875, 11/11/2014
Expediente14-0875
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-11-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión de la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar un recurso de casación. La revisión se fundamentó en la alegación de que la sentencia impugnada había incurrido en incongruencia y en la vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso, al no considerar adecuadamente los argumentos de la parte demandada sobre la ilegalidad de las construcciones que originaron los daños. La Sala declaró con lugar la solicitud de revisión, anuló la sentencia impugnada y ordenó a la Sala de Casación Civil que emitiera un nuevo fallo considerando los criterios establecidos en la presente decisión.

Extracto de la motiva

La motivación de la Sala se centra en la revisión de la decisión de la Sala de Casación Civil, donde se argumenta que la sentencia impugnada no consideró adecuadamente los alegatos de la parte demandada sobre la falta de permisología de las construcciones que causaron los daños. Se destaca que la falta de pronunciamiento sobre estos aspectos fundamentales constituye una violación al derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, lo que llevó a la Sala a concluir que se había producido un vicio de incongruencia omisiva. La Sala enfatiza la importancia de que el juez valore todas las pruebas y alegatos presentados por ambas partes para garantizar un juicio justo y equitativo.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) Que HA LUGAR la solicitud de revisión del fallo del 20 de enero de 2014, dictado por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró sin lugar el recurso de casación ejercido por la parte demandada contra la sentencia pronunciada, el 29 de abril de 2013, por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que a su vez declaró con lugar el recurso de apelación de la parte demandante contra el fallo pronunciado, el 14 de diciembre de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y parcialmente con lugar la demanda de indemnización de daños y perjuicios materiales y morales intentada por los ciudadanos Antonio Iglesias Domínguez y Margarita Bernal de Iglesias contra los ciudadanos Jesús Marfil Rabelo y Guillermo Alfonso Flórez Páez. 2) ANULA la sentencia del 20 de enero de 2014, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró sin lugar el recurso de casación ejercido por la parte demandada contra la sentencia pronunciada, el 29 de abril de 2013, por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. 3) ORDENA a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, que al respecto se constituya en forma accidental, dictar decisión sobre el recurso de casación propuesto por la representación judicial de la parte demandada ciudadanos Jesús Marfil Rabelo y Guillermo Alfonso Flórez Páez, contra el fallo del 29 de abril de 2013, pronunciado por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sujeción a lo prescrito en la presente sentencia. 4) INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar peticionada, por cuanto fue resuelto el fondo de la solicitud de revisión.

Palabras clave

revisión constitucionalindemnizacióndaños y perjuiciosdue processtutela judicial efectiva

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