Sentencia N° 1464 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1464, Exp. 12-0440, 31/10/2012
Expediente12-0440
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-10-31
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por All Factoring de Venezuela C.A. contra un auto del Juzgado Quinto de Primera Instancia que ordenó la apertura de una incidencia. La Sala fundamenta su decisión en que la acción de amparo caducó debido a que transcurrieron más de seis meses desde la emisión del auto hasta la interposición de la demanda de tutela constitucional. Se destaca que el demandante no agotó los medios judiciales preexistentes y que la acción de amparo fue presentada fuera del lapso establecido por la ley.
Extracto de la motiva
La parte actora demandó amparo constitucional contra el auto que emitió, el 14 de junio de 2011, el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que ordenó la apertura de la incidencia a la que se refiere el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, con fundamento en la violación del debido proceso por cuanto en virtud de ese auto se paralizó la ejecución. El a quo constitucional declaró improcedente in limine litis la pretensión de amparo con fundamento en que el demandante hizo uso de los medios judiciales preexistentes y que, la acción de amparo caducó en virtud de que desde la emisión del auto hasta la interposición de la demanda de tutela constitucional habían transcurrido más de los seis (6) meses a los que se refiere el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación que interpuso ALL FACTORING DE VENEZUELA C.A. contra el fallo que dictó el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 19 de marzo de 2012. SEGUNDO: MODIFICA la decisión objeto de apelación. TERCERO: Declara INADMISIBLE la pretensión de tutela constitucional que incoó la compañía ALL FACTORING DE VENEZUELA C.A. contra el auto que dictó el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 14 de junio de 2011.