Sentencia N° 1464 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de junio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1464, Exp. 02-2502, 04/06/2003
Expediente02-2502
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronunció sobre una solicitud presentada por el abogado Carlos Martínez Ceruzzi, en representación del General de División (Ej) Romel José Fuenmayor León, quien alegaba ser objeto de persecución personal. La solicitud buscaba que se librara oficio al Comandante General del Ejército y al Director General del Cuerpo de Investigaciones Científicas para que se abstuvieran de ejecutar actos de persecución. La Sala recordó que ya había declarado con lugar una acción de amparo constitucional en diciembre de 2002, relacionada con la apertura de un Consejo de Investigación contra el demandante, pero determinó que la nueva solicitud no guardaba relación con lo decidido anteriormente.
Extracto de la motiva
La Sala hace notar que lo solicitado por el apoderado judicial del General de División (Ej) Romel José Fuenmayor León, tiene fundamento en unos hechos nuevos que no guardan relación con lo decidido por este Máximo Tribunal el 17 de diciembre de 2002, dado que la declaratoria con lugar de la acción de amparo constitucional, se basó únicamente en la violación del derecho al debido proceso que resultó de la apertura del Consejo de Investigación contra dicho ciudadano, sin que se le hubiese, por tener carácter de imputado, solicitado el antejuicio de mérito, que ostentaba por su condición de Oficial General. Por tanto, se colige que lo solicitado por el apoderado judicial del General de División (Ej) Romel José Fuenmayor León, referido a que se oficie al Comandante General del Ejército y al Director General del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, no puede ser acordado por esta Sala, en virtud de que ese “nuevo acto de persecución personal”, pudiese ser resuelto por otra vía judicial, al no tener relación con lo decidido el 17 de diciembre de 2002. Así se declara.
Dispositiva
Se declara sin lugar la solicitud presentada por el apoderado judicial del General de División (Ej) Romel José Fuenmayor León.
Palabras clave
amparo constitucionalpersecución personalderecho al debido procesoConsejo de InvestigaciónGeneral de División
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