Sentencia N° 1463 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1463, Exp. 06-1353, 13/07/2007
Expediente06-1353
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-07-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 13 de julio de 2007, declaró sin lugar la apelación interpuesta por Rosa Elena Rojas contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Bolívar, que había declarado improcedente la acción de amparo. La Sala argumentó que la apelante no demostró la existencia de violaciones a sus derechos constitucionales, ya que la discusión se centraba en la valoración de pruebas y no en la vulneración de derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
La discusión del tema acerca de la valoración de las pruebas aportadas en juicio, fue parte de las consideraciones efectuadas por el juzgado supuestamente agraviante, el cual concluyó que al no haber sido desvirtuado por la parte demandada, el estado de insolvencia alegado por la parte actora, la demanda por desalojo resultaba procedente. Tales actuaciones a juicio de esta Sala, no comportan un menoscabo del derecho a la defensa y el debido proceso del accionante, pues en el transcurso del juicio, ésta hizo valer todos los alegatos y defensas que consideró convenientes a sus intereses, los cuales a su vez fueron tomados en cuenta por el juzgador. Por ello, pretender un tercer pronunciamiento respecto al referido punto, mediante la interposición de una solicitud de amparo constitucional, es reabrir un asunto que ya fue resuelto judicialmente.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por ROSA ELENA ROJAS contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró improcedente el amparo intentado contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia se confirma la sentencia apelada.
Palabras clave
amparoconstitucionaldesalojocánones de arrendamientoinsolvenciaderecho a la defensatutela judicial efectiva