Sentencia N° 1463 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1463, Exp. 02-2874, 04/06/2003
Expediente02-2874
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-04
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono de trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por Nelson Ascanio Valenzuela en representación de Rafael Lisandro Rondón, debido al abandono del trámite por parte del accionante. Se establece que la inacción prolongada del actor durante seis meses lleva a la extinción de la instancia, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
Visto que, con fundamento en los artículos 266, numeral 1, 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la Sala se declaró competente para conocer de las acciones de amparo constitucional que se ejerzan contra las sentencias de última instancia que dicten los Juzgados Superiores y Cortes de Apelaciones de la República, salvo el caso de las que pronuncien los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo. Y visto que, en el caso de autos, la acción de amparo fue ejercida contra una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, esta Sala se declara competente para conocer de la misma. Así se declara. En el caso de autos ha transcurrido íntegramente el lapso de seis (6) meses a que se refiere la decisión en cuestión, razón por la cual resulta forzoso para esta Sala declarar abandonado el trámite por parte del accionante, correspondiente a la presente acción de amparo, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, terminado el procedimiento.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono de trámite correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Nelson Ascanio Valenzuela, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Rafael Lisandro Rondón contra la decisión dictada el 22 de octubre de 2002 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure.
Palabras clave
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