Sentencia N° 1461 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de marzo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1461, Exp. 14-0205, 11/11/2014
Expediente14-0205
PonenteGLADYS MARIA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-03-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió una acción de amparo constitucional presentada por varios ciudadanos en defensa de derechos colectivos y difusos, en contra del Alcalde de San Diego y el Director de la Policía Municipal, por omisiones que generaron desorden público. La Sala declaró la competencia y acordó amparo cautelar, remitiendo el expediente al Juzgado de Sustanciación para continuar el procedimiento correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el 19 de marzo de 2014, se celebró la audiencia pública, convocada por la Sala para la determinación del posible incumplimiento del mandato constitucional ordenado en la sentencian n.° 136 de 12 de marzo de 2014. Una vez concluida la referida audiencia, la Sala i) declaró el desacato al mandamiento de amparo, ii) sancionó a los ciudadanos Vicencio Scarano Spisso y Salvatore Lucchese Scaletta a cumplir diez (10) meses y quince (15) días de prisión, más las accesorias de la ley, por la comisión del referido desacato al mandamiento de amparo constitucional cautelar, con fundamento en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, iii) ordenó el cese del ciudadano Vicencio Scarano Spisso en el cargo de Alcalde del Municipio San Diego, del Estado Carabobo y iv) estableció como sitio de reclusión de los predichos sancionados, la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), ubicada en la ciudad de Caracas, hasta tanto un juez de primera instancia en funciones de ejecución, determine el sitio definitivo de reclusión.
Dispositiva
La Sala i) declaró el desacato al mandamiento de amparo, ii) sancionó a los ciudadanos Vicencio Scarano Spisso y Salvatore Lucchese Scaletta a cumplir diez (10) meses y quince (15) días de prisión, más las accesorias de la ley, por la comisión del referido desacato al mandamiento de amparo constitucional cautelar, iii) ordenó el cese del ciudadano Vicencio Scarano Spisso en el cargo de Alcalde del Municipio San Diego, del Estado Carabobo y iv) estableció como sitio de reclusión de los predichos sancionados, la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), ubicada en la ciudad de Caracas.