Sentencia N° 1461 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1461, Exp. 04-2829, 27/07/2006
Expediente04-2829
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo interpuesta por Pedro Colmenares Gómez contra la decisión de la Corte de Apelaciones que admitió la apelación del Ministerio Público. La Sala consideró que la apelación fue interpuesta fuera del plazo legal y ante un tribunal diferente al que dictó la decisión impugnada, lo que vulneró el derecho al debido proceso del accionante. En consecuencia, se acordó la medida cautelar de suspensión de la audiencia preliminar en la causa penal seguida contra el accionante.
Extracto de la motiva
Observa la Sala que, en el caso de autos, la acción de amparo fue interpuesta contra la sentencia del 13 de agosto de 2004, dictada por la Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que admitió la apelación interpuesta contra el fallo del 16 de julio de 2004, dictado por el Juzgado Trigésimo Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró el sobreseimiento de la causa penal seguida al accionante por prescripción de la acción penal. En este sentido, la parte accionante denunció que la Corte de Apelaciones violó sus derechos constitucionales al debido proceso, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, al juez natural y al principio non bis in idem, previstos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al admitir la apelación interpuesta por el Ministerio Público, el último día hábil para ello, a las 6:45 p.m., ante un Tribunal diferente al Tribunal de Control que dictó la sentencia impugnada. Sobre este aspecto, la representación del Ministerio Público alegó que el Juzgado Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 23 de julio de 2004 -último día para apelar-, se encontraba de guardia cumpliendo función de distribución, según la Resolución N° 1429, emanada de la Presidencia de ese Circuito Judicial Penal.
Dispositiva
Con lugar la acción de amparo interpuesta por Pedro Colmenares Gómez, se acuerda la medida cautelar innominada de suspensión de la celebración de la audiencia preliminar en la causa penal seguida contra el hoy accionante ante el Juzgado Décimo Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, hasta que se dicte sentencia definitiva en el proceso de amparo.
Palabras clave
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