Sentencia N° 1460 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1460, Exp. 02-1354, 04/06/2003
Expediente02-1354
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-04
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Ignacio Ramírez Romero en representación de Armando Leopoldo Jiménez Morales, contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Superior. La Sala declaró abandonado el trámite de la acción de amparo debido a la inacción del demandante durante un periodo de seis meses, lo que llevó a la extinción del procedimiento. Además, se impuso una multa de cinco mil bolívares a la parte actora por entorpecer las labores del Tribunal.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO.- Se ORDENA el desglose de las actuaciones contenidas en el expediente Nº 02-1354, desde el folio número sesenta y uno (61) hasta el folio sesenta y nueve (69), para la constitución de un nuevo expediente, en el cual deberá asignarse ponente para de su decisión. SEGUNDO.- Se ORDENA agregar al nuevo expediente tanto copia certificada de la presente decisión como las actuaciones contenidas desde el folio número setenta (70) hasta el folio número noventa y dos (92) del expediente Nº 02-1354. TERCERO.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite de la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado IGNACIO RAMÍREZ ROMERO, quien manifestó actuar en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARMANDO LEOPOLDO JIMÉNEZ MORALES, antes identificado, contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, seguida en el expediente Nº 02-1354. CUARTO.- Se impone a la parte actora una MULTA de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas del Banco Central de Venezuela.

Palabras clave

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