Sentencia N° 1457 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1457, Exp. 13-0870, 24/10/2013
Expediente13-0870
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-24
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alejandro R. Yemes en representación de Petrona Gualli Lluminagua, contra la Sala de Casación Penal. La acción se fundamenta en presuntas violaciones a derechos constitucionales en el proceso penal seguido a la quejosa por la presunta comisión del delito de trata de personas con fines de explotación laboral. La Sala establece que no es el tribunal jerárquicamente superior de la Sala de Casación Penal, lo que impide la admisión del amparo.
Extracto de la motiva
En el presente caso, se interpuso acción de amparo constitucional contra presuntas omisiones de la Sala de Casación Penal de Tribunal Supremo de Justicia, en el curso del proceso penal que se le sigue a la ciudadana Petrona Gualli Lluminagua, por la presunta comisión del delito de trata de personas con fines de explotación laboral. En tal sentido, la Sala pasa a determinar su competencia para conocer del amparo de autos y, en este sentido, considera oportuno señalar que según lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la pretensión de amparo constitucional contra decisión judicial (incluidas acciones u omisiones, a tenor del artículo 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales) debe ser interpuesta por ante el Tribunal Superior de aquel que emitió el pronunciamiento contra el cual se acciona. En el presente caso, resulta indiscutible que esta Sala Constitucional no es el tribunal jerárquicamente superior de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, contra cuyas presuntas omisiones fue ejercida la pretensión de amparo que nos ocupa.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alejandro R. Yemes, antes identificado, actuando en su presunto carácter de defensor privado de la ciudadana PETRONA GUALLI LLUMINAGUA, antes identificada, contra la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con ocasión de la causa seguida a la quejosa por la presunta comisión del delito de trata de personas con fines de explotación laboral. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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