Sentencia N° 1456 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1456, Exp. 08-0930, 15/10/2008
Expediente08-0930
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2008-10-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación interpuesto por Héctor Rafael Badillo sobre el artículo 160 de la Constitución. Se argumenta que el recurrente no sustentó su legitimación para interponer el recurso, lo que lleva a la Sala a reafirmar su doctrina sobre la necesidad de un interés jurídico actual y legítimo para la admisibilidad del recurso de interpretación constitucional. La decisión se fundamenta en criterios establecidos en sentencias anteriores.
Extracto de la motiva
La Sala estima conveniente reafirmar su doctrina sobre la legitimación para intentar el recurso de interpretación constitucional, así como los requisitos de admisibilidad a los que se halla sometido el ejercicio de la misma. Es necesario indicar que en lo que respecta a la legitimación para interponer el recurso de interpretación constitucional, la misma viene dada por la vinculación directa del accionante con un caso concreto cuya resolución en el orden constitucional dé lugar a una duda razonable que amerite el que sea instada la jurisdicción constitucional, con miras a solventar la posible incertidumbre derivada del máximo texto normativo. Así, en cuanto a la legitimación exigida para el ejercicio del recurso de interpretación constitucional, esta Sala reafirma el criterio que sostuvo en la decisión Nº 1.077/2000 de exigir la conexión con un caso concreto para poder determinar, por un lado, la legitimidad del recurrente y, por otro, verificar la existencia de una duda razonable que justifique el movimiento del aparato jurisdiccional en la resolución del mismo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación interpuesto por el ciudadano HÉCTOR RAFAEL BADILLO, ya identificado, de la norma contenida en el único aparte del artículo 160 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.