Sentencia N° 1450 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de octubre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1450, Exp. 19-0566, 16/10/2023
Expediente19-0566
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-16
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, decidió a favor de la solicitud de revisión constitucional presentada por Ignacio Suárez Quintas, quien impugnó una sentencia del Tribunal Superior Primero en lo Civil que declaró nulo un contrato de compra venta. La Sala encontró que la decisión del tribunal inferior vulneró el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, al no resolver adecuadamente los puntos planteados en la demanda y al incurrir en incongruencias. Como resultado, se anuló la sentencia impugnada y se ordenó la emisión de una nueva decisión por un tribunal diferente.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada la competencia, observa la Sala, que la presente solicitud de revisión constitucional fue presentada por el abogado Eduardo Renato Paz Paz, actuando con el carácter de apoderado especial del ciudadano IGNACIO SUÁREZ QUINTAS, carácter que corrobora la Sala en los folios 12 al 14 del expediente alfanumérico AA50- T-2019-000566; así mismo constata del contenido del referido poder, que le fue otorgada la facultad para “…ejercer Solicitud de Revisión Constitucional ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia…” (sic), razón por la cual se encuentra legitimado para interponer la presente solicitud. Así se declara. En el caso bajo examen se pretende la revisión del acto de juzgamiento contenido en la sentencia proferida en el 20 de febrero de 2019, por el Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró “(…) CON LUGAR la apelación interpuesta el 18 de septiembre de 2.018, por el abogado LUIS ENRIQUE CELTA ALFARO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la actora, ciudadana MARÍA FATIMA PINTO PEREIRA, contra la decisión de fecha 10 de Julio de 2.018, dictada por el Juzgado Segundo

Dispositiva

HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Eduardo Renato Paz Paz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 97.320, actuando con el carácter de apoderado especial del ciudadano IGNACIO SUÁREZ QUINTAS, titular de la Cédula de Identidad n.° 5.008.527, de la sentencia dictada el 20 de febrero de 2019, por el Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró: “(…) CON LUGAR la apelación interpuesta el 18 de septiembre de 2.018, por el abogado LUIS ENRIQUE CELTA ALFARO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la actora, ciudadana MARÍA FATIMA PINTO PEREIRA, contra la decisión de fecha 10 de Julio de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaro sin lugar la demanda de Resolución de Contrato de Compra Venta incoada por la ciudadana MARÍA FATIMA PINTO PEREIRA contra IGNACIO SUÁREZ QUINTAS (…) NULO el contrato de compra venta suscrita entre los ciudadanos MARÍA FATIMA PINTO PEREIRA e IGNACIO SUÁREZ QUINTAS, en fecha 01 de Diciembre de 2006, cuyo objeto es la venta del 100% de las acciones de la Compañía Anónima LA CUMBRE DEL ESTILISTA. C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, inscrita en el Tomo: 15-Sgdo. Número 27 del 13 de Marzo del año 2006, [y el] local identificado con la Letra 'S' ubicado en el Primer Piso del Centro Comercial Cumbres de Curumo, en la Avenida Lago de Maracaibo, Urbanización Cumbres de Curumo. Municipio Baruta, del estado Miranda…” (sic); no condena en costas y confirma la sentencia apelada.

Palabras clave

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