Sentencia N° 1449 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1449, Exp. 09-0785, 03/11/2009
Expediente09-0785
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-04-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Tribunal Segundo en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que desaplicó los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, relacionados con la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad. La Sala concluyó que dicha pena es incompatible con el derecho a la libertad consagrado en la Constitución, ya que su aplicación puede extenderse más allá de la pena principal, lo que resulta excesivo y contrario a la dignidad humana.
Extracto de la motiva
La decisión dictada por el referido Tribunal Segundo en funciones de Ejecución adquirió el carácter de definitivamente firme según se observa en el folio 11 del expediente, lo que permite a esta Máxima Instancia Constitucional determinar si dicho pronunciamiento es contrario o no a la interpretación uniforme de la Sala y a la aplicación de normas y principios constitucionales. La firmeza de lo decidido se verifica del oficio que emitió ese juzgado, el 11 de junio de 2009, mediante el cual remitió copia certificada de la decisión, para que este Alto Tribunal realizara la revisión prevista en el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien, respecto a la desaplicación de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, en relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, la Sala había sostenido inicialmente (vid. Sentencias números 3268/2003, 424/2004 y 952/04, entre otras) lo siguiente: 'En ese sentido se colige que el Juez Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, motivó la desaplicación de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, en la consideración de que la pena accesoria de sujeción a la vigilancia, viola el ‘...derecho al respeto de su honra y el reconocimiento de la dignidad...’ de los penados.'
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de las consideraciones antes expuestas, declara conforme a derecho la desaplicación de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, en lo que respecta a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, impuesta al ciudadano Richard Alexander Cuevas Moreno, y en consecuencia, se extingue la responsabilidad penal del mencionado ciudadano.