Sentencia N° 1448 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1448, Exp. 03-0701, 02/08/2004
Expediente03-0701
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-08-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de una sentencia que declaró parcialmente con lugar una demanda de amparo constitucional interpuesta por José Rafael Abraham. La Sala determinó que el demandante no tenía legitimación para impugnar la decisión del juez que ordenó la remisión de copias al Tribunal Disciplinario, ya que no era la parte agraviada. Además, se concluyó que la acción de amparo era inadmisible por no haberse agotado los recursos ordinarios previos, como la apelación.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la consulta de ley a la cual se encuentra sometida la sentencia que dictó, el 13 de junio de 2001, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar la demanda de amparo constitucional que fue interpuesta por el ciudadano José Rafael Abraham contra el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa misma Circunscripción Judicial. Ahora bien, esta Sala observa que, en el caso de autos, la pretensión del demandante se dirigió, primero, contra la decisión que pronunció, el 29 de noviembre de 2000, el Juez del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual ordenó la remisión de las copias de las actuaciones que fueron llevadas por ese órgano jurisdiccional al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Distrito Federal para que se diera inicio a un procedimiento disciplinario contra el abogado Manuel Duarte Abraham; segundo, contra el fallo que expidió ese mismo juzgado el 25 de enero de 2001, mediante el cual el juez declaró inadmisible la recusación que incoó el aquí demandante, en diligencia de 24 de enero de ese mismo año. Respecto a la primera denuncia, esto es, contra la sentencia que emitió, el 29 de noviembre de 2000, el Juez del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual ordenó la remisión de las copias de las actas relativas a las actuaciones realizadas ante ese órgano jurisdiccional al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Distrito Federal para que se diera inicio a un procedimiento disciplinario en contra del abogado Manuel Duarte Abraham, esta Sala debe precisar que el ciudadano José Rafael Abraham, en su condición de justiciable, no tiene legitimación para la impugnación de la referida decisión, por cuanto no es la parte perjudicada o agraviada por la misma, es decir, no tiene un interés jurídico actual al no haber agravio en su esfera jurídica.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA la decisión objeto de consulta que dictó el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 13 de junio de 2001, en el juicio de amparo constitucional que incoó el ciudadano JOSÉ RAFAEL ABRAHAM contra las sentencias que pronunció, el 29 de noviembre de 2000 y el 25 de enero de 2001, el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, se declara INADMISIBLE el amparo que fue interpuesto. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente.

Palabras clave

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