Sentencia N° 1445 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1445, Exp. 12-1044, 23/10/2013
Expediente12-1044
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2013-10-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por la ciudadana Daniela Gasperini de Oyague, quien solicitó amparo constitucional contra una decisión del Juzgado Undécimo de Primera Instancia que desechó su oposición al embargo de bienes. La Sala consideró que la apelación era inadmisible, ya que no se habían agotado los recursos ordinarios y la acción de amparo no cumplía con los requisitos necesarios para su procedencia. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de apelación y se revocó la decisión del Juzgado Superior Octavo que había admitido el amparo.
Extracto de la motiva
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, esta Sala pasa a pronunciarse respecto a la presente apelación intentada y formalizada por el apoderado de la ciudadana Daniela Gasperini de Oyague, para lo cual observa: En el presente caso, se ejerció recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales el 10 de agosto de 2012, contra la decisión dictada el 9 de agosto de 2012, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de allí que la misma resulta tempestiva. Asimismo, se observa que el 17 de octubre de 2012, el apoderado de la ciudadana Daniela Gasperini de Oyague, consignó ante la Secretaría de esta Sala Constitucional, el escrito de fundamentación de la apelación, el cual resulta tempestivo conforme a lo dispuesto por esta Sala en sentencia N° 442, del 4 de abril de 2001 (Caso: Estación de Servicios Los Pinos). Así se declara. De autos se evidencia que el acto presuntamente lesivo está constituido por la decisión del 21 de diciembre de 2011, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual desechó la solicitud de oposición al embargo intentada por la hoy accionante y acordó continuar el referido proceso.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 10 de agosto de 2012, por el abogado Alan Castillo Mac Farlane, en su carácter de apoderado de la ciudadana DANIELA GASPERINI DE OYAGUE, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 9 del mismo mes y año mediante la cual se declaró con lugar el amparo interpuesto por la referida ciudadana. 2.- REVOCA la referida decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3.- INADMISIBLE la acción de amparo contra la decisión dictada el 21 de diciembre de 2011, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.