Sentencia N° 1445 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de septiembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1445, Exp. 08-0742, 29/09/2008
Expediente08-0742
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-09-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Nelson R. Troconis Parilli, en representación de su menor hijo, por la supuesta violación del derecho humano a la educación en materia ambiental. La Sala argumenta que el demandante carece de legitimación para interponer la acción, ya que no se evidencia cómo se materializaría un daño irreparable en su situación personal o la de su hijo. Además, se señala que la acción se encuentra incursa en la causal de inadmisibilidad prevista en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala observa que del escrito contentivo de la solicitud de amparo constitucional, se evidencia que la parte actora ejerce la referida pretendiendo “a que se imparta la enseñanza en materia ambiental, a nivel formal e informal y en todas las modalidades [del] (…) sistema educativo” en supuesto resguardo de sus “derechos e intereses colectivos y difusos”, por lo que de acuerdo con lo expuesto, el accionante carece de la legitimación necesaria para interponer la respectiva acción, toda vez, que no se explica cómo se materializaría en su situación jurídica personal, o en la de su menor hijo, la amenaza o la posibilidad de que se consolide un daño irreparable, proveniente de una infracción de naturaleza constitucional, consistente en que no se “imparta la enseñanza en materia ambiental a nivel formal e informal y en todas las modalidades [del] (…) sistema educativo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el abogado NELSON R. TROCONIS PARILLI, actuando en su propio nombre y en representación de su menor hijo cuyo nombre se omite por mandato del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la educaciónmora legislativaeducación ambientallegitimaciónintereses colectivosacción inadmisible