Sentencia N° 1443 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1443, Exp. 09-0831, 03/11/2009
Expediente09-0831
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-11-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la revisión de una decisión del Juzgado Séptimo en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que desaplicó artículos del Código Penal en relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad. La Sala consideró que la decisión era susceptible de revisión y ordenó al juzgado informar sobre la interposición de un recurso de apelación en relación a dicha decisión.

Extracto de la motiva

Ahora bien, a los efectos de la admisibilidad de la revisión, previamente debe advertirse que, en casos como el presente, la expresión “sentencias definitivamente firmes” contenida en el artículo 336.10 de la Constitución no debe entenderse restringida a las actuaciones jurisdiccionales que decidan sobre el fondo de la controversia y pongan, por tanto, fin a la instancia correspondiente, sino en el sentido genérico de decisión judicial, sea ésta una sentencia stricto sensu o bien, como en el presente caso, una decisión interlocutoria en fase de ejecución. Ello, por cuanto el propósito de tutela constitucional consagrada en el antedicho precepto constitucional es someter al control de esta Máxima Instancia Constitucional cualquier decisión jurisdiccional definitivamente firmes en la cual se decida la desaplicación por control difuso establecido en el artículo 334 constitucional.

Dispositiva

Corolario de lo expuesto, esta Sala considera pertinente ordenar al Juez Séptimo en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que, dentro del lapso de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación, más el término de la distancia, informe si contra la decisión que dicho jurisdicente emitió, en relación con la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad a la cual fue sometido el ciudadano Juan Carlos Ojeda Villalobos se interpuso recurso de apelación, en cuyo caso, deberá remitir copia certificada del fallo que, en relación con el mismo, expidió la alzada correspondiente.

Palabras clave

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