Sentencia N° 1443 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1443, Exp. 03-2808, 26/07/2006
Expediente03-2808
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-07-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió instar a las partes a conciliar sobre la indemnización correspondiente a la familia Carmona Jorge por el homicidio de Ramón Oscar Carmona Vásquez. Se otorgó un plazo de tres meses para la conciliación, el cual comenzó a contar desde la notificación a la Procuraduría General de la República. La Sala también concedió una prórroga de tres meses para culminar el proceso de conciliación, manteniendo suspendida la causa durante este tiempo.
Extracto de la motiva
La decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 29 de marzo del año en curso, entre otras cosas señala: ‘… Con fundamento en la norma transcrita, esta Sala Constitucional insta a las partes para que concilien sobre el monto indemnizatorio, y visto que el juicio todavía no se encuentra en fase de ejecución, acuerda suspender la causa por un plazo de tres (3) meses a partir de la fecha de la última notificación de esta decisión, a los fines de que los ciudadanos Gladis Josefina Jorge Saad (vda.) de Carmona, Ramón Oscar Carmona Jorge, Carlos Eduardo Carmona Jorge y Oswaldo José Carmona Jorge, y la República, por órgano de la Procuraduría General de la República negocien y concuerden sobre una oferta de reparación y la modalidad del pago indemnizatorio. La suspensión culminará con el vencimiento del lapso estipulado, luego del cual, se deberá informar por escrito a esta Sala del resultado de la negociación, o de prórroga, de ser requerida…”.
Dispositiva
Establecidas las consideraciones presentadas por las partes, esta Sala concede el lapso de tres meses solicitado a los fines de culminar el proceso de conciliación que se viene realizando y, tal como lo expresase en su escrito la representante de la República, acuerda mantener suspendida la causa por otros tres (3) meses, computándose a partir del momento de publicarse la presente decisión; por tanto, se prórroga a solicitud de parte en estos términos, el tiempo para la conciliación. Así se decide.