Sentencia N° 1442 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1442, Exp. 06-0213, 26/07/2006
Expediente06-0213
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-07-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró sin lugar la apelación interpuesta por el Coronel (GN) Manuel Enrique Reyes Peña contra la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que había declarado inadmisible su acción de amparo constitucional. La Corte consideró que la apertura de una averiguación administrativa no constituye un acto administrativo definitivo susceptible de ser recurrido, sino un acto de mero trámite que no vulnera derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que todos los alegatos del accionante se dirigen a impugnar la apertura de la investigación administrativa, la cual como se señaló anteriormente, no constituye en sí misma una violación a los derechos de la parte, puesto que lo que se persigue con la investigación es determinar la realidad de lo sucedido en relación a la situación advertida por el propio accionante, respecto a si se encontraba autorizado para publicar notas de prensa en el Diario “El Nacional”, como la que se refería a él, el 10 de julio de 2003, al reseñar que “…Coronel de la GN pidió amparo contra proceso de ascensos…”, y determinar, luego de sustanciarse con todas las garantías debidas, si el accionante incurrió por ello, en algún tipo de falta disciplinaria para finalmente arribar, con base en las pruebas que se hayan presentado en el expediente administrativo, a alguna decisión definitiva, contra la cual el hoy accionante si podrá ejercer los recursos ordinarios o extraordinarios de impugnación que considere pertinentes.

Dispositiva

1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Coronel (GN) MANUEL ENRIQUE REYES PEÑA, contra la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 15 de diciembre de 2005. 2. CONFIRMA en los términos expuestos en el presente fallo, la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 15 de diciembre de 2005, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el Coronel (GN) MANUEL ENRIQUE REYES PEÑA contra la Inspectoría General de la Guardia Nacional.

Palabras clave

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