Sentencia N° 1441 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de noviembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1441, Exp. 15-1140, 13/11/2015
Expediente15-1140
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-11-13
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por la Fiscal Provisorio Centésima Sexagésima, Arirramy Coromoto Henríquez, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible un recurso de apelación por extemporáneo. La Sala determinó que la acción de amparo era improcedente in limine litis, ya que el recurso de apelación había sido presentado fuera de las horas hábiles de despacho, lo que justificaba la inadmisibilidad de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La presente causa se inició por juicio incoado por la Fiscalía (160) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra el ciudadano Juan Andrés González, titular de la cédula de identidad Nº 7.220.368 por la presunta Comisión del delito de violencia psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El 9 de diciembre de 2014, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual, entre otros aspectos admitió medios de prueba que identifica como “documentales” a la defensa del acusado, ciudadano Juan Andrés González. El 15 de diciembre de 2014, el ciudadano Víctor Julio Meléndez, Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Centésima Sexagésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia para Intervenir en la Fase Intermedia y Juicio Oral, apeló contra la anterior decisión emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. El 26 de marzo de 2015, la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró “… inadmisible el presente recurso de apelación, por extemporáneo, ya que sobrepasa las horas hábiles de despacho”. Dicha decisión fue debidamente notificada, según se evidencia a los autos, y así lo ratifica la propia parte actora el 10 de abril de 2015.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada ARIRRAMY COROMOTO HENRÍQUEZ, actuando en su carácter de Fiscal Provisorio Centésima Sexagésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia para la Defensa de la Mujer, contra la decisión dictada el 26 de marzo de 2015, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, comuníquese y regístrese. Archívese el expediente.