Sentencia N° 1440 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de octubre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1440, Exp. 23-0071, 13/10/2023
Expediente23-0071
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-13
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La ciudadana Julia del Carmen Rodríguez solicitó la revisión de una sentencia que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional contra la Junta de Condominio del edificio Marta. El Juzgado Superior Séptimo confirmó la inadmisibilidad, argumentando que la acción estaba incursa en causales de inadmisibilidad. La Sala Constitucional del TSJ, al revisar el caso, determinó que no existían violaciones a los derechos constitucionales denunciados y que el tribunal de instancia actuó conforme a derecho al declarar inadmisible la apelación.

Extracto de la motiva

Que “(…) el hecho es que el juzgador de instancia incurrió en vicios y errores de derecho e interpretación acerca del contenido y alcance de las disposiciones expresas de la ley, artículo 6 ordinal 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y del artículo 18 literal d) de la Ley de Propiedad Horizontal, de lo cual se derivan violaciones a garantías constitucionales, violación de materia de orden público, el debido, derecho a la defensa consagrados en las disposiciones 26,49, 257 constitucionales, admitió como legítimo que la Junta de Condominio del edificio Marta (…)”, SEGUNDO: SE CONFIRMA CON UNA MOTIVACIÓN DIFERENTE la sentencia apelada, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial de fecha 8 de agosto de 2022 y publicado su extenso en fecha 10 de agosto de 2022 que declaró INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana JULIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO MARTA, con base a los argumentos expuestos en el cuerpo de la presente decisión. TERCERO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional.

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión intentada por la ciudadana JULIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ, asistida por el abogado Carlos Hidalgo Guevara, de la sentencia dictada el 07 de octubre de 2022, por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparo constitucionalderechosgarantíasjunta de condominiopropiedad horizontaldebido proceso

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