Sentencia N° 144 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 144, Exp. 13-1001, 20/03/2014
Expediente13-1001
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-03-20
DecisiónConforme a Derecho
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que desaplicó normas de la Ordenanza de Reforma del Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Girardot, por considerarlas inconstitucionales. La Corte confirmó la decisión de la instancia inferior, argumentando que las disposiciones desaplicadas colidían con principios constitucionales que garantizan la estabilidad en el empleo público. Se destacó la obligación de los jueces de ejercer control difuso de la constitucionalidad para proteger la supremacía de la Constitución.
Extracto de la motiva
El artículo 334 constitucional atribuye a todos los jueces de la República la obligación de asegurar la integridad de la Constitución, siempre dentro del ámbito de su competencia y conforme a lo previsto en el mismo Texto Fundamental; lo que se traduce en el deber de ejercer el control difuso de la constitucionalidad de las leyes o normas jurídicas, con el fin de garantizar la supremacía constitucional y resolver por esta vía los conflictos o colisiones que puedan presentarse en cualquier causa, entre normas legales o sublegales y una o varias disposiciones constitucionales, en cuyo caso deben aplicar preferentemente estas últimas. En este sentido, reitera la Sala, que la revisión de las sentencias definitivamente firmes de control difuso de la constitucionalidad remitidas por los Tribunales de la República, resulta en una mayor protección de la Constitución e impide la aplicación generalizada de normas inconstitucionales o bien la desaplicación de normas ajustadas al Texto Fundamental, en perjuicio de la seguridad jurídica y del orden público constitucional.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara CONFORME A DERECHO la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 21 de la Ordenanza de Reforma de la Ordenanza Sobre el Instituto Autónomo de la Policía Administrativa Municipal del Municipio Girardot y del artículo 48 del Reglamento de la mencionada Ordenanza de Reforma. Publíquese y regístrese. Remítase copia certificada de esta decisión al Tribunal remitente y al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central.