Sentencia N° 1437 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1437, Exp. 08-1164, 31/10/2012
Expediente08-1164
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-10-31
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo interpuesta contra el artículo 4 del Decreto N° 6.072. Los demandantes alegaron que la norma impugnada vulneraba sus derechos constitucionales al excluir a las comunidades organizadas del sistema de vivienda y hábitat. Sin embargo, la Sala consideró que la inacción de los demandantes durante más de seis meses constituía abandono del trámite, lo que llevó a la extinción de la instancia.

Extracto de la motiva

El 3 de septiembre de 2008, los abogados Gabriel Chacón Villalobos, Joel Gutiérrez Torres, Elisa Grisel Pérez Villegas, Gabriel Segovia, Ana Jaqueline Vásquez, Edicson Cubillán y Okarilina Azuaje, interpusieron ante esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia acción de amparo constitucional contra el artículo 4 del Decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.889 extraordinario del 31 de julio de 2008. Ahora bien, la última actuación de los demandantes fue el 3 de septiembre de 2008, oportunidad en la cual ejercieron la acción de amparo y desde ese momento hasta la presente fecha, ha transcurrido más de seis (6) meses sin actuación alguna de la parte actora. Esa conducta pasiva de los accionantes, quienes afirmaron la necesidad de la tutela urgente y preferente del amparo constitucional, fue calificada por esta Sala como abandono del trámite, en sentencia N° 982, del 6 de junio de 2001, (caso José Vicente Arenas Cáceres), en los siguientes términos: “...la pérdida del interés puede sobrevenir en el curso del proceso. Es lo que ocurre cuando el actor desiste de su pretensión, caso en el cual se otorga autoridad de cosa juzgada al desistimiento y se declara la extinción del proceso...

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo que interpusieron los abogados GABRIEL CHACÓN VILLALOBOS, JOEL GUTIÉRREZ TORRES, ELISA GRISEL PÉREZ VILLEGAS, GABRIEL SEGOVIA, ANA JAQUELINE VÁSQUEZ, EDICSON CUBILLÁN y OKARILINA AZUAJE, contra el artículo 4 del Decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.889 extraordinario del 31 de julio de 2008. Se IMPONE a la parte actora una multa de Cinco Bolívares (Bs. 5,00), pagaderos, a favor del Tesoro Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos. La sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación del comprobante correspondiente ante la Secretaría de esta Sala dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Palabras clave

amparoabandonotramiteinactividadtutela judicialderechos constitucionalesperencióninterés procesal

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