Sentencia N° 1436 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1436, Exp. 14-0961, 22/10/2014
Expediente14-0961
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2014-10-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por NOEMY, C.A. contra una decisión del Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La acción fue presentada fuera del lapso de seis meses establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que conlleva a su caducidad. La Sala argumenta que la decisión impugnada no afecta el orden público ni los derechos de la colectividad, sino que se limita a los intereses de las partes involucradas.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la presente acción de amparo constitucional se presenta contra una decisión que fue dictada, el 12 de diciembre de 2013, por el Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, esta Sala estima que no se encuentra subsumido en alguna de las excepciones que se han establecido para que no opere el lapso de caducidad que establece la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, es decir, no se trata de una situación que revista interés general, sino que afectaría, exclusivamente, el patrimonio de las partes en aquel juicio, y siendo que no existe la incompetencia alegada pues el Juzgado accionado actuó dentro del ámbito de sus competencias, es por lo que, en criterio de esta Sala, no encuadra en los conceptos de orden público y buenas costumbres a que se refiere el artículo 6, numeral 4, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Oscar Specht y Ely Mendoza, actuando como apoderados judiciales de NOEMY, C.A., contra la decisión dictada, el 12 de diciembre de 2013, por el Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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