Sentencia N° 1432 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1432, Exp. 12-1298, 22/10/2014
Expediente12-1298
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la acción de amparo constitucional interpuesta por María Dolores Azuaje, ordena oficiar al Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para que remita copia certificada del expediente relacionado con el juicio por reclamación de daño moral. La decisión se fundamenta en la necesidad de obtener información sobre el estado del expediente que no se encontraba disponible en el tribunal correspondiente. Se establece un plazo de cinco días para el cumplimiento de esta orden, advirtiendo sobre las sanciones por incumplimiento.

Extracto de la motiva

Ahora, esta Sala, visto lo antes señalado, estima preciso oficiar a la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo del juicio por reclamación de daño moral incoado por la ciudadana María Dolores Azuaje contra el ciudadano Himber Felipe Gómez García, el cual cursa ante el Juzgado Decimoquinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ese Circuito Judicial Penal. Igualmente, se advierte que el incumplimiento de la orden será sancionada con la multa establecida en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé lo siguiente: Artículo 122. Las Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA oficiar a la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo del juicio por reclamación de daño moral incoado por la ciudadana María Dolores Azuaje contra el ciudadano Himber Felipe Gómez García, el cual cursa ante el Juzgado Decimoquinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ese Circuito Judicial Penal, “so pena” de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

amparodaño moraljusticiacircuito judicialtribunal supremo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca