Sentencia N° 1428 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de octubre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1428, Exp. 19-0552, 13/10/2023
Expediente19-0552
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de octubre de 2023, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por José Luis Andrade contra la decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, que había declarado inadmisible su pretensión de amparo constitucional. La Sala revocó la decisión apelada y determinó que la acción de amparo era inadmisible, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

motiva, lo siguiente: “(Omissis) Ahora bien, debe [esa] jurisdicente en sede constitucional establecer en razón del conocimiento de su propia actividad jurisdiccional, que el presente asunto se IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 10 identifica con la causa… KP02-O-2019-000060, de allí que se hace necesario observar que la institución de la acumulación permite agrupar causas judiciales cuando coinciden algunos de los elementos integrantes de la acción procesal, a saber: los sujetos, la pretensión y el título o causa petendi, dicha institución encuentra sentido en la intención de que se dicte una sola sentencia, en la cual se abarquen todas las causas iniciadas, en aras del principio de economía procesal, así como para evitar que cursen causas por separado que podrían llevar a sentencias contrarias,…

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer el recurso de apelación, interpuesto el 5 de septiembre de 2019, por el abogado Antonio José García Rivero, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS ANDRADE, titular de la cédula de identidad n.° V-3.862.002, contra la decisión de fecha 3 de septiembre de 2019, dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, que declaró i) la acumulación de las causas signadas con las nomenclaturas KP02-0-2019-000060 y KP02-0-2019-000057, en razón de la conexión a fin de evitar sentencias contradictorias; ii) la reposición de la causa signada con la nomenclatura KP02-O-2019-000057 al estado de admisión, y en consecuencia la nulidad de todas las actuaciones realizadas con posterioridad e; iii) Inadmisible la pretensión de amparo constitucional intentada. SEGUNDO: CON LUGAR el referido recurso de apelación. TERCERO: REVOCA la decisión apelada. CUARTO: INADMISIBLE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano José Luis Andrade, asistido por los abogados Antonio José García Rivero y Néstor Augusto Álvarez Yépez, respectivamente, contra la decisión dictada el 9 de agosto de 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.

Palabras clave

acumulaciónamparoinconstitucionalidadjurisdiccióneconomía procesalseguridad jurídicaderechos constitucionales

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