Sentencia N° 1427 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1427, Exp. 01-1736, 02/06/2003
Expediente01-1736
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-02
DecisiónTerminado el procedimiento, por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo interpuesto por Luis Humberto Gutiérrez Vallinote, debido al abandono del trámite por parte del accionante. Se señala que desde la admisión de la acción el 12 de agosto de 2002, no se realizaron actos procesales que impulsaran el caso, lo que llevó a la Sala a calificar la inacción como abandono. Además, se impone una multa de cinco mil bolívares a la parte actora por entorpecer las labores del tribunal.

Extracto de la motiva

Consta en autos que el 12 de agosto de 2002, esta Sala Constitucional admitió la presente acción de amparo y ordenó la notificación del Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, del ciudadano Fiscal General de la República y del ciudadano Arnoldo Elías Suárez Domínguez. Asimismo se evidencia de las actas que conforman el expediente, que el 9 de septiembre de 2002 se libraron las boletas de notificación pertinentes, a los fines de dar cumplimiento con lo ordenado en la referida decisión. Ahora bien, esta Sala hace notar que desde esa oportunidad hasta el presente, la parte actora no ha actuado en el proceso, no ha impulsado lo relativo a la constatación en autos de las notificaciones ordenadas, lo que significa que asumió una conducta pasiva que fue calificada por esta Sala, como abandono del trámite, en decisión N° 982 del 6 de junio de 2001 (caso: José Vicente Arenas Cáceres), en los siguientes términos: “...la pérdida del interés puede sobrevenir en el curso del proceso. Es lo que ocurre cuando el actor desiste de su pretensión, caso en el cual se otorga autoridad de cosa juzgada al desistimiento y se declara la extinción del proceso...

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo interpuesta por el abogado Adriel Tirado González, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS HUMBERTO GUTIÉRREZ VALLINOTE, contra la decisión dictada el 16 de abril de 2001, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela. El sancionado deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente. Archívese el expediente.

Palabras clave

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