Sentencia N° 1426 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1426, Exp. 08-0509, 14/08/2008
Expediente08-0509
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-08-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Alipio Ramiro Camacho Delgado contra la decisión del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario que declaró improcedente su acción de amparo. La Sala determinó que el recurso contencioso tributario era un medio adecuado para tutelar la situación jurídica del demandante, por lo que declaró inadmisible la acción de amparo. La decisión del Juzgado Superior fue revocada, pero se mantuvo la improcedencia de la acción de amparo interpuesta.
Extracto de la motiva
Analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, la Sala pasa a pronunciarse sobre la apelación sometida a su conocimiento previo el análisis de las siguientes consideraciones: Verificada su competencia, a los fines de resolver el caso de autos, observa la Sala que el argumento central de la representación actora consiste en denunciar que el agravio delatado constituye una vía de hecho y, por tal motivo, su juzgamiento no es encausable sino a través del amparo constitucional, puesto que –a su juicio- el recurso contencioso tributario no resultaría óptimo para controlar la actuación de la Administración Tributaria. Frente a tal planteamiento, conviene traer a colación la doctrina vertida por esta Sala mediante sentencia nº 2629/2002 (caso: Gisela Anderson y otros), en la que dejó sentado que: «[L]a Constitución garantiza a los administrados, funcionarios públicos o sujetos bajo relaciones especiales, un plus de garantías que no deja dudas respecto a la potestad que tienen esos tribunales para resguardar los derechos constitucionales que resulten lesionados por actos, hechos, actuaciones, omisiones o abstenciones de la Administración Pública; potestad que según la doctrina más actualizada, se ejerce al margen de que la denuncia encuadre en los recursos tradicionales establecidos en la ley o que haya construido la jurisprudencia, pues, la tendencia es a darle trámite a este tipo de demandas en tanto subyazca un conflicto de orden administrativo que exija el examen judicial respectivo.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de BINGO COPACABANA, C.A., contra la decisión del 23 de abril de 2008 que dictó el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes. 2.- REVOCA el fallo del 23 de abril de 2008, que dictó el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, que declaró improcedente la acción de amparo interpuesta. 3.- INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta contra el Acta de Desactivación de la Máquinas Traganíqueles No. SNAT/INTI/GRTI/RLA/2008/1572-07 que emitió la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes, adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria.
Palabras clave
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