Sentencia N° 1422 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de octubre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1422, Exp. 21-0213, 11/10/2023
Expediente21-0213
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la abogada Anamely Nairomy Bolívar de Mendoza, en representación del ciudadano Josmar Alfredo Castro Nadales, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala constató que la acción de amparo fue interpuesta debido a la omisión de pronunciamiento del Tribunal de Control, pero determinó que dicha omisión había cesado, lo que llevó a declarar la inadmisibilidad del recurso. Finalmente, la Sala confirmó la decisión apelada y declaró sin lugar el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La norma antes transcrita, establece como presupuesto de admisibilidad para el ejercicio de la acción de amparo, que la amenaza o violación del derecho o garantía constitucional se encuentre vigente. Por tanto, si para el momento de resolver las delaciones interpuestas en la acción de amparo constitucional, estas han cesado, el amparo deviene en inadmisible conforme a la causal señalada; inadmisibilidad que puede decretarse en cualquier momento debido al carácter de orden público que poseen las causales de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional. Por ello, es necesario que la lesión al derecho constitucional denunciado exista al momento de resolver el amparo, pues sólo ello garantiza el efecto restitutorio de la tutela constitucional que se busca a través de esta institución.
Dispositiva
1.- COMPETENTE, para conocer del recurso de apelación interpuesto por la abogada Anamely Nairomy Bolívar de Mendoza, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano JOSMAR ALFREDO CASTRO NADALES, contra la decisión dictada el 27 de enero de 2021, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto. 3.- Se CONFIRMA la decisión apelada en los términos establecidos en el presente fallo. 4.- ORDENA notificar del contenido de la presente decisión en forma telefónica conforme a lo dispuesto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia al Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, y a al Juez ponente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes.