Sentencia N° 1422 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de junio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1422, Exp. 01-1733, 30/06/2005
Expediente01-1733
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-06-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Hugo Nemirovsky y otros contra varios artículos de la Ley de Mercado de Capitales y la Resolución 49-2001 de la Comisión Nacional de Valores. Se argumenta que las disposiciones impugnadas no contravienen la Constitución y que la Comisión tiene la potestad para regular el mercado de valores, protegiendo así los derechos de los accionistas minoritarios. La decisión reafirma la constitucionalidad de las normas cuestionadas y su vigencia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el recurso de nulidad, establece que la Comisión Nacional de Valores tiene la potestad para regular el mercado de capitales, conforme a lo dispuesto en la Ley de Mercado de Capitales. Se argumenta que las normas impugnadas no vulneran derechos fundamentales, sino que buscan proteger a los accionistas minoritarios y asegurar la transparencia en las transacciones de valores. La Sala concluye que las disposiciones cumplen con los requisitos constitucionales y legales, y que la regulación del mercado de valores es necesaria para el interés general.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado HUGO NEMIROVSKY contra los artículos 9 (cardinales 24, 25 y 32), 32, 109, 110, 111 y 118 de la Ley de Mercado de Capitales, el artículo 4° de las Normas sobre Oferta Pública de Adquisición, de Intercambio y Toma de Control de Sociedades que hacen Oferta Pública de Acciones y Otros Derechos sobre las Mismas; el recurso de nulidad interpuesto por los abogados LUIS ESTEBAN PALACIOS Y JOSÉ MANUEL ORTEGA, contra las mismas disposiciones, y contra la Resolución 49-2001, dictada por la Comisión Nacional de Valores, relativa a las Normas sobre Procesos de Nombramiento de Integrantes de la Junta Directiva por Accionistas Minoritarios.
Palabras clave
nulidadLey de Mercado de CapitalesComisión Nacional de Valoresaccionistas minoritariosderecho de propiedadlibertad económicaregulacióninterés general