Sentencia N° 1418 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1418, Exp. 10-1135, 10/08/2011
Expediente10-1135
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-08-10
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por el abogado Gerardo José Pabón Valiente en representación de Marssion Arnoldo Rondón García, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que revocó un sobreseimiento por prescripción de la acción penal. La Sala declaró improcedente el amparo, argumentando que no se configuraban las causales de inadmisibilidad y que la Corte de Apelaciones actuó dentro de su competencia y conforme a derecho al revocar la decisión de primera instancia.
Extracto de la motiva
La Sala no estima que en el presente caso la Corte denunciada como presunta agraviante haya lesionado los derechos constitucionales denunciados por el accionante; tampoco se observa que dicho órgano jurisdiccional haya actuado con abuso de poder o haya incurrido en usurpación de funciones ni en el vicio de “extrapetita” en los términos que alegó el quejoso, pues a su decir, “equivocó… su apreciación y valoración de los hechos”, pues tal como se señaló precedentemente, la mencionada Corte de Apelaciones emitió su decisión conforme a lo alegado y probado en autos, en el contexto de los hechos y elementos de convicción expuestos en la acusación formulada por la representación fiscal y fundamentada en pruebas que habían sido admitidas en la respectiva oportunidad procesal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, ACEPTA la declinatoria de competencia efectuada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y, en consecuencia, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS el amparo constitucional interpuesto por el abogado Gerardo José Pabón Valiente, en su condición de defensor privado del ciudadano MARSSION ARNOLDO RONDÓN GARCÍA, contra la decisión dictada el 14 de abril de 2010, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida.