Sentencia N° 1414 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1414, Exp. 06-0349, 10/08/2011
Expediente06-0349
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-08-10
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró el decaimiento del objeto en el recurso de nulidad interpuesto por la ASOCIACIÓN CIVIL CONSEJO EMPRESARIAL VENEZOLANO DE AUDITORÍA contra el artículo 39 y los Grupos 34.2 y 34.3 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas del Municipio Maracaibo. La Sala argumentó que la ordenanza impugnada había sido derogada por modificaciones posteriores, lo que llevó a la conclusión de que no había materia sobre la cual decidir.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto es menester señalar que el objeto del presente recurso se circunscribe al análisis de la inconstitucionalidad de la ordenanza recurrida, producto de la exigencia de licencia para ejercer actividades profesionales dentro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, cuando los Municipios carecen de potestad tributaria sobre las profesiones liberales dado el carácter esencialmente civil de éstas. Observa esta Sala que el artículo 39 y los Grupos 34.2 y 34.3 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas, Comerciales, Industriales, de Servicios y de Índole Similar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 072 del 2 de enero de 2004; sufrieron modificaciones producto de ordenanzas posteriores en las cuales se suprimieron los Grupos 34.2 y 34.3, antes aludidos, así como cualquier alusión a las actividades profesionales. En efecto, la referida Ordenanza y su Clasificador de Actividades Económicas fue derogada por tres (3) modificaciones posteriores, publicadas en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 10 del 29 de diciembre de 2006, Gaceta Municipal Nº 193-2009 del 30 de diciembre de 2009 y Gaceta Municipal Nº 063-2010 del 30 de junio de 2010, estableciendo además esta última, en su artículo 148, que entraba en vigencia el 1 de julio de 2010.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, incoado por los abogados José Vicente Melo López, Emilio Berrizbeitia Aristiguieta, José Domingo Paoli, Marianella Morales Rojas y Gabriella Ducharne, actuando en la condición de apoderados judiciales de la ASOCIACIÓN CIVIL CONSEJO EMPRESARIAL VENEZOLANO DE AUDITORÍA (CEVA), contra el artículo 39 y los Grupos 34.2 y 34.3 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas, Comerciales, Industriales, de Servicios y de Índole Similar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 072 del 2 de enero de 2004. 2.- Se REVOCA la medida cautelar dictada por esta Sala el 13 de junio de 2006.

Palabras clave

inconstitucionalidadlicenciaactividades económicasmunicipiospotestad tributariaderechosconstitución

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