Sentencia N° 1414 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de junio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1414, Exp. 00-1191, 26/06/2002
Expediente00-1191
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-06-26
DecisiónTerminado el procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por decaimiento de la acción, correspondiente a la demanda de nulidad interpuesta por ZULIA TOWING AND BARGE CO. C.A. contra la Ordenanza de Impuesto sobre Patente de Industria y Comercio del 29 de diciembre de 1993. Se argumenta que ha transcurrido un tiempo excesivo sin actividad procesal, lo que evidencia la falta de interés procesal por parte de la actora.

Extracto de la motiva

El interés procesal ha de manifestarse de la demanda o solicitud y mantenerse a lo largo del proceso, ya que la pérdida del interés procesal conlleva al decaimiento y extinción de la acción. Como un requisito que es de la acción, constatada esa falta de interés, ella puede ser declarada de oficio, ya que no hay razón para poner en movimiento a la jurisdicción, si la acción no existe. Esta Sala, en decisión de 1 de junio de 2001 (caso: Fran Valero González y Milena Portillo Manosalva de Valero Exp. nº: 00-1491. S. nº 956) al referirse al interés procesal señaló: 'A juicio de esta Sala es un requisito de la acción, que quien la ejerce tenga interés procesal, entendido éste como la necesidad del accionante de acudir a la vía judicial para que se declare un derecho o se le reconozca una situación de hecho a su favor.'

Dispositiva

Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por decaimiento de la acción, correspondiente a la demanda de nulidad interpuesta por ZULIA TOWING AND BARGE CO. C.A., contra la Ordenanza de Impuesto sobre Patente de Industria y Comercio del 29 de diciembre de 1993, en los códigos 71154 y 92909 del clasificador de actividades económicas del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, y 'el acto administrativo o resolutorio de efectos particulares y acto fiscal emanado de la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.' Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

nulidadinterés procesalacciónconstitucionalprocedimientoadministración de justiciaderechosordenanza

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