Sentencia N° 1412 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1412, Exp. 14-0460, 22/10/2014
Expediente14-0460
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por Iván Ramón Bojczuk González, en representación de Inversiones Mundo I.B.G., C.A., contra sentencias del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, que declararon con lugar la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento. La Sala declaró inadmisible la revisión de la primera sentencia y no ha lugar la revisión de la segunda, argumentando que no se evidenció la violación de derechos constitucionales y que la revisión no contribuye a la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales.

Extracto de la motiva

La revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley y, en tal razón, tienen la condición de definitivamente firmes. En el caso sub iudice, la peticionaria requirió la revisión del acto jurisdiccional que fue referido supra por cuanto, en su criterio, el mismo incurrió en la violación de sus derechos constitucionales como el derecho a la defensa, al debido proceso, silencio de prueba y falta de valoración de la misma. En atención a tales argumentaciones, se estima que, el caso de autos, no puede subsumirse en alguno de los supuestos que estableció esta Sala para la procedencia de este medio extraordinario de protección del texto constitucional; toda vez que la solicitante cuestiona la sentencia que fue emitida por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sin que hubiese hecho alguna nueva alegación distinta a las ya presentadas y decididas ante los jueces de instancia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09 de julio de 2012, por el ciudadano IVAN RAMON BOJCZUZ GONZÁLEZ, en representación de la sociedad mercantil INVERSIONES MUNDO I.B.G., C.A., asistido por el abogado JOSE ABACHE ASENCIO, contra la sentencia definitiva dictada el 28 de junio de 2012, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por el ciudadano GIUSEPPE GUERRA BRANDONISIO, en su carácter de Administrador de la sociedad mercantil ALFA-BETA INVERSIONES C.A., contra la Sociedad de comercio INVERSIONES MUNDO I.B.G, C.A.

Palabras clave

arrendamientocontratodebido procesopruebasjusticiaderechossentencia

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