Sentencia N° 1412 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1412, Exp. 09-0588, 03/11/2009
Expediente09-0588
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-11-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Giorgia Vai Bozzoli contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por inepta acumulación de acciones. La demandante solicitó simultáneamente un amparo y un avocamiento, lo que fue considerado incompatible por la Sala. Se argumenta que la acumulación de pretensiones no cumple con los requisitos legales establecidos, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción.

Extracto de la motiva

Una vez analizado el contenido del libelo de demanda y los recaudos acompañados a ella, esta Sala estima que, los procedimientos pautados por vía jurisprudencial tanto para la solicitud de avocamiento como para la acción de amparo distan entre sí, lo cual hace que la tramitación simultánea de ambas solicitudes sea incompatible, y la consecuencia irremediable de que se interponga, como en el caso de autos, acumulativamente ambos mecanismos, es la inadmisibilidad de los mismos por inepta acumulación.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, por inepta acumulación, la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de avocamiento por el abogado Sergio Salomón Solórzano Bastidas, en su condición de Defensor Público Penal número 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, actuando en nombre del ciudadano ALIRIO AUGUSTO CASTILLO LIZARAZO.

Palabras clave

amparo constitucionalavocamientoinepta acumulaciónderechos procesalesvulneración de derechosCódigo Penalfraudejurisdicción

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