Sentencia N° 1408 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1408, Exp. 13-0798, 22/10/2013
Expediente13-0798
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Hernan Romero Verjel contra una decisión del Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo que declaró inadmisible un recurso de apelación. La Sala consideró que tenía competencia para conocer del caso y solicitó al Juzgado Superior que remitiera el expediente relacionado con la demanda de desalojo. La decisión se fundamenta en la violación de derechos fundamentales del accionante, como el derecho a la defensa y al debido proceso, en el contexto de un proceso de desalojo.

Extracto de la motiva

Esta Sala Constitucional considera necesario solicitar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región los Andes, que remita copia certificada del expediente relacionado con la demanda de desalojo, interpuesta por la ciudadana María Modesta López de Pérez, en su carácter de propietaria de un inmueble integrado por una casa apta para oficina, casa n° 2-40, ubicada en el Barrio Independencia I; Calle Guasdualito, frente al poste N° 68, al lado de la casa N° 1-44, entre las avenidas Federación y Santa Fe, del municipio Barinas del Estado Barinas, que dio en arrendamiento de manera verbal al ciudadano Hernan Romero Verjel.

Dispositiva

Por tanto, esta Sala Constitucional considera necesario solicitar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región los Andes, que remita copia certificada del expediente relacionado con la demanda de desalojo, interpuesta por la ciudadana María Modesta López de Pérez, en su carácter de propietaria de un inmueble integrado por una casa apta para oficina, casa n° 2-40, ubicada en el Barrio Independencia I; Calle Guasdualito, frente al poste N° 68, al lado de la casa N° 1-44, entre las avenidas Federación y Santa Fe, del municipio Barinas del Estado Barinas, que dio en arrendamiento de manera verbal al ciudadano Hernan Romero Verjel.

Palabras clave

amparo constitucionaldesalojodebido procesotutela judicialresponsabilidad administrativa

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