Sentencia N° 1408 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de junio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1408, Exp. 04-0412, 30/06/2005
Expediente04-0412
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Joel Gómez Cordero en representación de JOSÉ TOMÁS MALAVÉ. La decisión se fundamenta en la falta de subsanación de errores en el escrito presentado, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La notificación de la obligación de corregir los defectos fue imposible de practicar, lo que llevó a la Sala a declarar la inadmisibilidad de la acción.
Extracto de la motiva
Por no haberse cumplido con la obligación de subsanar los errores señalados por esta Sala, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por el abogado José Joel Gómez Cordero, actuando como defensor del ciudadano JOSÉ TOMÁS MALAVÉ.
Dispositiva
Por no haberse cumplido con la obligación de subsanar los errores señalados por esta Sala, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por el abogado José Joel Gómez Cordero, actuando como defensor del ciudadano JOSÉ TOMÁS MALAVÉ. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadderecho a la defensadebido procesorevisión de sentencianotificaciónLey Orgánica de Amparo