Sentencia N° 1401 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1401, Exp. 09-0561, 03/11/2009
Expediente09-0561
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2009-11-03
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Natale Bonura Scovazzo contra los artículos 38 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso, fundamentándose en la normativa constitucional y legal que le otorga dicha facultad. Se ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para el pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

En cuanto a la competencia para conocer de recursos como el presente, esta Sala advierte que la competencia para declarar la nulidad total o parcial de los actos dictados por el Ejecutivo Nacional en ejecución directa e inmediata de la Norma Fundamental, se encuentra asignada a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con el último aparte del artículo 336.3 de la Carta Magna, según el cual corresponde exclusivamente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como jurisdicción constitucional, “(…) Declarar la nulidad total o parcial de los actos con rango de ley dictados por el Ejecutivo Nacional, que colidan con esta Constitución (…)” y del artículo 5, numeral 8 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, por cuanto el acto impugnado en autos ha sido dictado en ejecución de la potestad conferida al Presidente de la República en el artículo 236.8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y tienen -tal como lo dispusiera el Constituyente de 1999- rango y fuerza de ley, de conformidad con la competencia expresa otorgada a esta Sala por las referidas normas de la Constitución y de la ley que rige las funciones de este Máximo Tribunal de la República, la misma se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por la ciudadana NATALE BONURA SCOVAZZO, debidamente asistida por abogado Rómulo Antonio Herrera, ya identificados, contra los artículos 38 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, publicado en la Gaceta Oficial Nº 36.845 del 7 de diciembre de 1999, pues a su decir, “(…) con la protección contemplada en [dichos] artículos (…) se está cometiendo una verdadera injusticia y por demás al dar esta protección (…) a un local comercial se está conculcando y violando el contenido de los artículos 26 y 115 de nuestra Constitución (…), dejando indefenso al propietario de un inmueble sin una herramienta jurídica para reclamar la culminación del contrato y retomar la posesión de su propiedad (…)” y, en consecuencia, ORDENA remitir el expediente a Juzgado de Sustanciación, a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadarrendamientosproteccióncompetenciaconstituciónderechosjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca