Sentencia N° 1401 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1401, Exp. 06-0807, 17/07/2006
Expediente06-0807
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-07-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Álvaro Bonell Azulay contra la decisión de la Sala n° 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, que había declarado el abandono de la acusación por falta de presentación de pruebas. La Sala consideró que se habían violado los derechos constitucionales del recurrente al no permitirle acceder a la justicia y al debido proceso, ya que la decisión impugnada no tomó en cuenta la oportunidad en que debían presentarse las pruebas según la ley.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional fue invocada ante la presunta violación de acceder a los órganos de administración de justicia y el debido proceso, contenidos en los artículos 26 y 49.6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por parte de la Sala n° 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, cuando declaró sin lugar la apelación ejercida contra el fallo dictado el 7 de octubre de 2005, publicada el 11 de ese mes y año, por el Juzgado Vigésimo Noveno de Juicio de ese Circuito Judicial Penal, y confirmó la decisión que declaró el abandono de la acusación y desistida la acusación privada interpuesta por el accionante contra los ciudadanos Alberto Martínez Obadía, Daniel Benarroch Mafoda y Ángel Comuniello, por uso continuo y desautorizado de patente de invención, ante la falta de nueva presentación de las pruebas de su denuncia, tres (3) días antes de la audiencia de conciliación.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Álvaro Bonell Azulay, asistido por la abogada Maily Pinto Solano, contra la decisión dictada el 6 de diciembre de 2005, por la Sala n° 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia: Se ORDENA notificar de la presente decisión al Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparo constitucionalabandonado de causaderechos constitucionalesdebido procesopresentación de pruebasCorte de Apelacionesaudiencia de conciliación