Sentencia N° 1399 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1399, Exp. 13-0673, 17/10/2013
Expediente13-0673
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Steven Párraga Sequera en defensa de David Henrique Araujo Armas, quien se encontraba privado de libertad por un delito de robo. La Sala declaró su incompetencia para conocer la acción, argumentando que debía ser la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda la que decidiera sobre el caso, dado que la acción de amparo se dirigía contra decisiones de un Juzgado de Control. La Sala también destacó la urgencia de la situación, dado que la audiencia de juicio estaba fijada para el 25 de julio de 2013.
Extracto de la motiva
Que también se infringió el derecho a la presunción de inocencia “[…] ya que si bien es cierto que el Código Orgánico Procesal Penal establece que a toda persona a quien se le impute la comisión de un hecho punible se le considerará y se le tratará como si fuese inocente, en el presente caso al haber tantas y reiteradas violaciones de sus derechos y garantías constitucionales y procesales no se le está considerando, ni tratando como inocente, a tal punto que con esas reiteradas inobservancias y contravenciones de las disposiciones de nuestra Carta Magna, así como de la Ley Adjetiva, se le está incluso impidiendo y cercenando el derecho de poder defenderse y de poder probar su inocencia, ya que como se asentó en la Jurisprudencia de esta Sala Constitucional […] si existen situaciones que desvirtúen la flagrancia alegada, el fiscal debe solicitar el procedimiento ordinario, a fin de salvaguardar los derechos procesales del imputado. De tal manera que, cuando en un caso concreto existen situaciones que desvirtúen la flagrancia y pese a ello, se decrete el procedimiento abreviado entonces no se estarían salvaguardando los derechos procesales del imputado, sino que, por argumento en contrario, se estarían cercenando esos derechos procesales, tal y como está ocurriendo en el presente caso”.
Dispositiva
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Steven Párraga Sequera, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano David Henrique Araujo Armas. SEGUNDO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente causa a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, a la cual se ordena remitir el expediente respectivo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparodebido procesopresunción de inocenciadetenciónprocedimiento abreviadoderecho a la defensa
Normas citadas
Código Orgánico Procesal Penal
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