Sentencia N° 1395 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1395, Exp. 05-1985, 17/07/2006
Expediente05-1985
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2006-07-17
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de regulación de competencia presentada por los ciudadanos Ángel Rafael Simosa Martín y Elissie Vargas Infantas. La demanda original fue por resolución de contrato de opción de compra venta y daños y perjuicios, la cual fue admitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Caracas. Sin embargo, el Juzgado declinó su competencia argumentando que uno de los demandados era un menor de edad.
Extracto de la motiva
El primer párrafo del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil dispone lo siguiente: “La solicitud de regulación de la competencia se propondrá ante el Juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aún en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El Juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación. En los casos del artículo 70, dicha copia se remitirá a la Corte Suprema de Justicia si no hubiere un Tribunal Superior común a ambos jueces en la Circunscripción. De la misma manera procederá cuando la incompetencia sea declarada por un Tribunal Superior.” (Subrayado añadido.) Ahora bien, es evidente que, en el caso de autos, la competencia para el conocimiento de la solicitud de regulación de competencia es un Juzgado Superior en Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ya que son esos los superiores jerárquicos del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dispositiva
Que es INCOMPETENTE para el conocimiento de la solicitud de regulación de competencia que pidió el abogado Omar Alberto Mendoza Sevilla en representación de los ciudadanos ÁNGEL RAFAEL SIMOSA MARTÍN y ELSSIE VARGAS INFANTAS, en el juicio que, por resolución de contrato de opción de compraventa y daños y perjuicios, incoaron contra los ciudadanos Juana Urbano de Oliver, Roberto Gregorio Oliver Urbano, Manuel Felipe Oliver Urbano, Adriana Oliver Urbano, Marisela Oliver Urbano, María Fernanda Oliver Urbano y un menor de edad cuyo nombre se omite por disposición de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Que corresponde a un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el conocimiento de dicha regulación de competencia; por ello, deberán remitirse los autos inmediatamente.
Palabras clave
regulacion de competenciaopcion de compradaños y perjuiciosmenor de edadjuzgado competentedemanda civilproceso judicial