Sentencia N° 1394 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1394, Exp. 08-0761, 14/08/2008
Expediente08-0761
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2008-08-14
DecisiónADMITE la demanda de nulidad.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Jairo Santeliz contra la Ordenanza sobre Sistema de Remuneración y Seguridad Social Integral de los Concejales y Concejalas del Municipio Puerto Cabello, publicada en la Gaceta Municipal. La Sala fundamentó su competencia para conocer de la demanda, citando los artículos pertinentes de la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Sin embargo, se negó la medida cautelar solicitada por el demandante, argumentando que no se evidenció la existencia de los elementos necesarios para su procedencia.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la solicitud cautelar de la recurrente pretende la suspensión temporal y general de la Ordenanza sobre Sistema de Remuneración y Seguridad Social Integral de los Concejales y Concejalas del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. En el contexto expuesto, el motivo específico que legitima al actor para solicitar la tutela cautelar se fundamenta en que la ejecución de la ordenanza atacada le causa un daño patrimonial al Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, frente a lo cual es menester señalar, que no cursan en autos elementos de juicio que pudieran generar en esta Sala la simple verosimilitud de dicho alegato y, en consecuencia, no se evidencia la existencia del fumus boni iuris ni del periculum in mora, como elementos esenciales para la utilización por parte de esta Sala Constitucional de sus poderes cautelares.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1. Su COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad incoada por el abogado JAIRO SANTELIZ, contra la Ordenanza sobre Sistema de Remuneración y Seguridad Social Integral de los Concejales y Concejalas del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal del referido ente político territorial, el 20 de noviembre de 2007. 2. ADMITE la demanda de nulidad. 3. NIEGA la medida cautelar solicitada. 4. REMITE el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que practique las notificaciones legales correspondientes, así como la subsiguiente continuación del procedimiento.

Palabras clave

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