Sentencia N° 1391 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1391, Exp. 12-0503, 17/10/2013
Expediente12-0503
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional relacionado con la medida de privación de libertad de Javier Antonio Reyes Bracho. Se solicitó información sobre el estado procesal del caso, dado que existían dudas sobre el posible fallecimiento del imputado. La Sala ordenó al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón que informara si el imputado había fallecido y si se había dictado el sobreseimiento de la causa por dicho motivo.

Extracto de la motiva

Visto que el 26 de abril de 2013, esta Sala, mediante decisión N° 391, le solicitó al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón que conoció de la causa número IP01-P-2010-004497, remitiese informe pormenorizado a esta Sala sobre el estado procesal de la misma. Visto que el 19 de junio de 2013, fue recibido ante la Secretaría de esta Sala Constitucional oficio N° 5CO-918-2013, mediante el cual el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, remitió informe sobre el curso procesal de la causa número IP01-P-2010-004497, señalando que actualmente la referida causa se encuentra en el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal. Visto que, esta Sala ha tenido noticias del posible fallecimiento del ciudadano Javier Antonio Reyes Bracho (vid. La siguiente publicación digital: http://www.nuevodia.com.ve/sucesos/noticia49095.html); no obstante, de dichas publicaciones no se puede constatar la identidad plena del mencionado quejoso, y de la información aportada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, no es posible desprender tal circunstancia, ya que en autos no consta algún medio de prueba que demuestre fehacientemente el fallecimiento del imputado.

Dispositiva

La Sala, de conformidad con lo señalado en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y con el objeto de obtener certeza sobre el fallecimiento del ciudadano Javier Antonio Reyes Bracho, titular de la cédula de identidad N° 14.396.104, ordena al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, por ser este quien conoce de la causa actualmente, que realice lo siguiente: 1.- Informe de manera definitiva a esta máxima instancia constitucional, en el lapso de tres (3) días más cinco (5) días que se le conceden como término de la distancia, contados a partir de que conste en autos su notificación, si el imputado de autos falleció y si en la causa penal que motivó el presente amparo se dictó el sobreseimiento de la causa por dicho deceso. A tal efecto, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón deberá realizar todo lo necesario para obtener lo aquí requerido, librando los respectivos oficios al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, debiendo remitir copia certificada de lo conducente.

Palabras clave

amparotutela judicialfallecimientoderechosgarantíasjusticiaproceso penal

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