Sentencia N° 1389 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de junio de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1389, Exp. 10-0815, 23/10/2012
Expediente10-0815
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2010-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Juzgado Quinto en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado Zulia, que desaplicó los artículos 13.3 y 22 del Código Penal en relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad impuesta al ciudadano Fernando Antonio Jiménez Duarte. La Sala consideró que la pena accesoria es excesiva y restringe la libertad plena del penado, lo que contraviene derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La decisión emanada del referido Tribunal Quinto en funciones de Ejecución adquirió el carácter de definitivamente firme según se constata del oficio N° 235-11 del 21 de enero de 2011, mediante el cual el abogado Neuro Villalobos Villalobos, en su condición de Juez Quinto en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia dio respuesta al requerimiento de la Sala, quedando evidenciado de las actas del expediente penal que contra la decisión sometida a revisión no fue interpuesto recurso de apelación por las partes; lo cual permite a esta Sala Constitucional determinar si dicho pronunciamiento contraría o no la interpretación uniforme de la Sala y a la aplicación de normas y principios constitucionales. Asimismo se constata que dicho juzgado, el 10 de junio de 2010, mediante oficio N° 3482-10 ordenó remitir copia certificada de la decisión, a objeto de que esta Sala Constitucional efectuara la revisión prevista en el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara la PREJUDICIALIDAD del recurso de nulidad interpuesto contra los artículos 13.3, 16.2 y 22 del Código Penal, que impide la revisión de la sentencia N° 425-10 dictada el 10 de junio de 2010, por el Juzgado Quinto en Funciones de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado el Juzgado Quinto en Funciones de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.

Palabras clave

control difusoinconstitucionalidadCódigo Penalprejudicialidadmedida cautelarjurisdicciónsentencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca